Las antiguas tradiciones espirituales de la humanidad, las grandes civilizaciones de los pueblos originarios de América, la física cuántica, la neurociencia, entre tantas fuentes de saber, establecen que existe una cualidad sutil en lo humano, una esencia trascendente a la materia y a la personalidad, espiritualidad que el ser humano debe trabajar para elevar sus niveles de consciencia, experimentar su plena satisfacción, vivir la experiencia de la libertad, de la gracia y de la felicidad. Ello habilita para estar en el presente consciente, para existir con perspectiva y en posibilidad de recibir diferentes categorías de información, trascendentes a la producción del intelecto, entrar en contacto con la realidad y comprender la unidad en la Unicidad, superando el vacío espiritual. Los razonamientos materialistas para explicar las manifestaciones de la realidad aparente, son epistemológicamente incorrectos, somos esencialmente energía con manifestaciones materiales.

Este principio de la dimensión inmaterial de la vida humana fue recogido en el estatus jurídico del Derecho Internacional, en la Carta de los Derechos Humanos de NN.UU (1948), señalando que en el ser humano se incorpora la existencia de la dimensión esencial de la vida, espacio fisiológico (no material) donde se reconoce habita la identidad fundamental del ser humano y su espiritualidad, con el cual el Estado se encuentra prioritariamente comprometido.

La Constitución Política de la República de Chile, también recoge este derecho esencial, expresando en su Artículo 1° inciso 4°: «El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece». Artículo 5° inciso 2° «El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.»

La naturaleza esencial del ser humano, su libertad, dignidad y soberanía, está conformada también por esa dimensión espiritual esencial, que reconoce el Estado. Por ello afirmamos que es contrario al orden constitucional y legal que quienes ejerciendo su libertad de elegir el modo de acceder a su bienestar, empleen un producto o sustancia con fines espirituales, medicinales, terapéuticos y/o recreativos, sin causar daños a terceros; sean actualmente impropiamente criminalizados al aplicarse sobre ellos la Ley 20.000, creada para el control del narcotráfico, lo que constituye un despropósito y un descriterio por parte de algunos fiscales al perseguir y algunos jueces al dictar sentencia.

En este contexto, el uso y cultivo personal de marihuana (cannabis) es LEGAL en Chile, tal como lo ha señalado la Corte Suprema en sus fallos absolutorios, particularmente en el caso de la sicóloga Paulina González, lo que también ha reconocido el propio Ministerio Público en diversas ocasiones, lo cuál representa el cambio de paradigma cultural que está ocurriendo, movilizado por la ciudadanía y el liderazgo de diversos sectores, ajuste necesario para resolver con más profundidad las necesidades espirituales y la subjetividad, en referencia a la manera como las personas se relacionan con su propia condición esencial humana y la expansión de su consciencia, que se puede alcanzar de muchas formas.

Todo exceso es dañino, sea que se trate de drogas, alcohol, tabaco, azucar, sal, incluso la adicción al dinero, pero, como señala la Corte Suprema en su fallo, no es propio que el Estado intervenga en el espacio de soberanía personal y espiritual de las personas.  En consecuencia, el rol del Estado es formar e informar a las personas sobre su bienestar material y espiritual, para que aprendan a relacionarse con diversas sustancias sin caer en la adicción.  Cada vez hay más sustancias prohibidas y cada dia estarán más disponibles.  No se trata de incrementar las listas de prohibiciones, que además el estado no puede controlar, sino de despertar el mayor nivel de consciencia en las personas para evitar conductas adictivas.  También cumple un rol el Estado en determinar y perseguir a los responsables de los excesos que generan daños a terceras personas.

Para una correcta aplicación del Derecho, en este caso de la Ley 20.000, se debe unificar un criterio de interpretación con la que todos los actores coinciden, orientada a la esencialización del Servicio Público y de la vida cívica, asegurando un equilibrio efectivo de nuestros deberes esenciales, como complemento necesario del ejercicio libre de nuestros derechos fundamentales.  El rol del Estado ha estado en tensión con el ejercicio de este derecho fundamental, debiendo crear las condiciones para el más pleno desarrollo espiritual y material de la persona, por lo tanto el límite está en la libertad individual y de consciencia de la persona. No en la criminalización de esas conductas.

Esta mala interpretación de la ley debe movilizar urgentemente al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial y al Poder Legislativo, que por mi experiencia parlamentaria sé que tiene las facultades para corregir este despropósito, forzando la agenda legislativa, ejerciendo su autonomía en la Orden del Día del Congreso Nacional, para tratar las mociones parlamentarias.

Esto tiene pertinencia cuando se considera que Chile presenta indicadores de salud mental deplorables y un vertiginoso incremento de las enfermedades somáticas, como algunos tipos de cáncer. Por otro lado, las cifras reconocidas internacionalmente muestran que los índices de stress, depresión y suicidios en Chile son de los más altos del mundo. ¡¡Está entendiendo bien, afecta directamente a las nuevas generaciones “X” “Y” y “Z”, los millennials, es decir nuestros hijos y nietos!! Eso habla muy mal del paradigma de desarrollo que incide negativamente en la forma de ser y estar en el mundo que habitamos. Por eso constituye un despilfarro no promover la participación consciente de los pacientes en sus procesos curativos, como se hace posible cuando el contexto se ha espiritualizado, acompañando los procesos evolutivos y curativos. Desde el fondo de nuestra historia ancestral la actividad chamánica a aportado a la salud, a elevar los estados de consciencia, al desarrollo espiritual y sobrellevar el sufrimiento síquico incluso el físico.

En este contexto admiro y apoyo al Doctor Milton Flores, Médico siquiatra, con formación en la Universidad de Chile y la Universidad de Concepción, uno de esos héroes anónimos de nuestro Chile, entre muchos, que con compromiso, convicción, perseverancia y sacrificio personal, abrazan su apostolado. He sido testigo de la vulneración sistemática de sus derechos fundamentales, por un lado, al ser perseguido por la Fiscalía Pública y por recibir impropiamente una sentencia judicial. Pero, el no ha renunciado a su compromiso y desde el Instituto para el Desarrollo de la Vida en Comunidad, junto al equipo TRIAGRAMA, con Paulina González y Gabriela Torres, ambas sicólogas, perseveran en una cruzada que está cambiando aspectos esenciales del paradigma del desarrollo, la justicia y la forma de entender jurídicamente a la persona humana en su autonomía espiritual. Desde hace una década compartimos reflexiones en torno a la necesidad de provocar cambios en los paradigmas que aplica nuestra sociedad. Hago un llamado amplio y transversal para movilizar apoyo activo y con urgencia al Doctor Flores y su equipo, en esta cruzada trascendente.

Cuando el Estado de Chile o nuestros Parlamentarios asuman y solucionen este atropello abusivo, lo que espero ocurra pronto, celebraré con un brindis de tinto y luego con una cuantas aspiradas de buena marihuana, que algunos de ustedes habrá auto cultivado en su casa. No me perderé de esa experiencia.

Datos del autor: Carlos Cantero Ojeda. Geógrafo, Master y Doctor en Sociología. Académico, Conferencista y Pensador Laico chileno. Estudia la Sociedad  Digital y la Gestión del Conocimiento.  Fue Alcalde, Diputado, Senador y Vicepresidente del Senado de Chile.  Es uno de los fundadores de la “FUNDACION LIBERTAD TERAPEUTICA”.

 

 

 

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