Imagen de Christian Cornejo.

El rol del Servicio Médico Legal en Derechos Humanos

“El ser humano en distintas épocas de la humanidad ha generado instituciones para poder ordenar la vida. El contenido de estas instituciones en una sociedad democrática que debe asegurar el respeto, promoción y protección de los derechos humanos.

Los Derechos Humanos son los derechos que tenemos por el simple hecho de ser personas, el Estado está obligado a garantizarlos con educación dirigida a los Derechos Humanos, logrando que los respeten los derechos de sus semejantes, que exista justicia e imparcialidad en la legislación, en la aplicación de la ley y en el ejercicio de la función judicial y administrativa, conquistando así el estado de derecho.

Los Derechos Humanos tienen unas noblezas que son compatibles con la tolerancia como lo son sus características universales las cuales, entrelazadas sustentan la democracia y el estado de derecho.

Los derechos humanos son “un conjunto de facultades e instituciones que, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional”, o también pueden ser entendidos como un “Conjunto de facultades, prerrogativas, libertades y pretensiones de carácter civil, político, económico, social y cultural, incluidos los recursos y mecanismos de garantía de todas ellas, que se reconocen al ser humano, considerado individual y colectivamente”.

Los valores de dignidad, libertad e igualdad humanas pueden considerarse los tres ejes en torno a los cuales se ha centrado siempre la reivindicación de los derechos humanos; la tolerancia también busca reivindicar esos mismos valores, pues, aunque en principio pudiera parecer que se encuentra más ligada con la libertad y la igualdad, la tolerancia igualmente nos lleva a reconocer en el otro su propia dignidad.

Tanto los derechos humanos como la tolerancia, se convierte en un elemento imprescindible a la hora de ejercitar nuestros derechos, así como de hacer exigibles el respeto a los mismos por parte del resto de la comunidad.

Con la Declaración de los Derechos Humanos podemos tener la certidumbre histórica de que toda la humanidad comparte algunos valores comunes, y podemos creer finalmente en la universalidad de los valores en el único sentido en que tal creencia es históricamente legítima.

Evidentemente, desde un punto de vista jurídico, podemos basar la universalidad de los derechos humanos en las teorías positivistas, en las que se explica a partir de la naturaleza de la propia persona.

El carácter absoluto de los derechos humanos significa que, en caso de conflicto, éstos prevalecerán sobre el resto de los derechos. El que sean innegociables se refiere a que en ningún caso estos derechos podrán ser puestos en discusión, en ninguna circunstancia, aunque sea ésta de carácter excepcional.

Según las Naciones Unidas, los Derechos Humanos pueden definirse como atributos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, género o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos Derechos Humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos están interrelacionados, son interdependientes e indivisibles.

A su vez, estos se encuentran protegidos por determinados ordenamientos jurídicos y deben ser protegidos a través de las Constituciones, los tratados internacionales sobre Derechos Humanos, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho.

El Derecho Internacional de los Derechos Humanos es el que establece cuáles son las obligaciones que tienen los Estados de tomar medidas, o bien de abstenerse de ciertas actuaciones a fin de respetar, proteger y asegurar los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

El respeto y la promoción de los derechos fundamentales significa valorarse como personas, seres únicos e irrepetibles dotados de dignidad y reconocimiento.

Las Ciencias forenses deben acompañar y apoyar la investigación del ministerio público y el proceso jurídico, y de ese modo se relaciona intrínsecamente con los derechos humanos, sobre todo de las familias.

La formación pericial en las distintas disciplinas ayudarán a la investigación para determinar las causas exactas de un hecho, que brindarán información objetiva, explicada cuando corresponde desde la perspectiva de género, ésto no sólo se requiere calidad técnica y conocimiento amplio, sino que también un compromiso ético”.

 

Presentación

La intervención del Dr. Zamora se desarrolló en las Ciencias Forenses, desplegando una presentación gráfica.

Destacó el importante rol que juegan las ciencias forenses en el apoyo a la investigación, que realiza el Ministerio Público y al relacionamiento con los familiares en materia de DD.HH.

Poniendo de relieve la formación pericial en las distintas disciplinas, que no solo requiere calidad técnica y amplio conocimiento, sino que también un compromiso ético.

Subrayó el primer Plan Nacional de DD.HH. 2018-2021, que incluyó 5 compromisos por parte del SML:

Dictadura y Memoria. Identificación y registro de víctimas de desaparición forzada y ejecución política.

Tortura. Registro de Capacitaciones anuales en Protocolo de Estambul.

Mujeres. Capacitación anual e instalación del Protocolo Latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidios/feminicidios).

Niñez y Adolescencia. Aplicación de la Guía de atención sexológica.

Trata de Personas. Capacitación anual y participación en mesas intersectoriales, a nivel central y regional.

En esa misma línea, comentó una nueva versión, que han incluido en los compromisos del SML las temáticas de: Dictadura y memoria. Difusión y educación para la no repetición. Mujeres. Registro y seguimiento de casos de muertes violentas de mujeres evaluadas en el SML. Niñez y adolescencia. Seguimiento de casos asociados a la infancia para mejoras en el flujo de atención. Educación en DD.HH. Intercambio de experiencias y buenas prácticas en DD.HH. en instituciones de Justicia.

La presentación abordó además el enfoque de derechos en atención ciudadana; la gestión institucional con enfoque de género; los Protocolos de Minnesota y Estambul; la trata de personas; la labor técnico pericial e identificaciones en casos de violación de DD.HH.; y el rol del SML en los Desastres.

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